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lunes, 2 de julio de 2012

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURAS Y PAVIMENTO EN VÍAS PÚBLICAS DE CÁRTAMA.-

Edicto 8420/2012, de procedencia DIPUTACION (Málaga), publicado en el Boletín nº 126 del 02 de julio de 2012:



Relación de los extractos de los acuerdos de la Junta de Gobierno


de esta Diputación Provincial de Málaga, en los que se recogen la

parte dispositiva comprensiva de los mismos, y que fueron aprobados

por unanimidad, en la reunión ordinaria celebrada el 19 de junio de

2012, a la vista de los informes emitidos (en los asuntos que figuran

en el orden del día), por los funcionarios responsables de las Unidades

Administrativas, que han tramitado los necesarios expedientes.

A esta reunión, presidida, por don Elias Bendodo Benasayag (Presidente),

asistieron los siguientes diputados/as: Doña María Francisca

Caracuel García (Vicepresidenta 1.ª), doña Ana Carmen Mata Rico

(Vicepresidenta 3.ª), don Francisco Javier Oblaré Torres (Vicepresidente

4.º), don Carlos Conde O’Donnell, don Francisco Salado Escaño,

don Jesús Fortes Ruiz, doña Marina Bravo Casero, doña Leonor

García-Agua Juli, y doña Emilia Ana Jiménez Cueto.

Actuó de Secretario, el Secretario General acctal., don Rafael L.

Tamayo Bonilla, y asistió el Interventor don Francisco Javier Pérez

Molero.

Preliminar: Aprobar el acta correspondiente a la sesión celebrada

por la Junta de Gobierno el 29 de mayo de 2012 (acta núm. 16/2012)

1. DELEGACIÓN DE FOMENTO Y ATENCIÓN AL MUNICIPIO

Punto núm. 1.1. Junta Gobierno 19 junio 2012. Delegación de

Fomento y Atención al Municipio. Planes y Programas: Aprobación

del Proyecto de “Infraestructura y pavimento en vías públicas” en

Cártama (PP 35/2011), y delegación de la facultad de contratar la

obra a dicho Ayuntamiento, para su ejecución por Contrata. (AD

920120002297).

a) Aprobar proyecto de la obra “Infraestructura y Pavimento en

Vías Públicas” en Cártama (PP-35/11), por su importe total de

127.760,37 € y las condiciones de la delegación para su ejecución

mediante contrata.

El cuadro de financiación sería el siguiente:

Organismos Euros %

Diputación Provincial 102.208,30 80,00

Ayuntamiento 25.552,07 20,00

TOTAL 127.760,37 100,00

Forma de ejecución Delegación al Ayuntamiento para ejecutar mediante contrata

Plazo de ejecución 10 semanas

Dirección técnica Técnico Ajeno

Partida presupuestaria 2291/169D0/7620318 (2011.9.169D0.1) Pendiente I.R.

b) Aprobar las condiciones que debe cumplir el Ayuntamiento para

la ejecución de la obra mediante contrata:

1. Responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento

Disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las

obras y de cuantas autorizaciones, concesiones administrativas,

o de cualquier otra índole, se precisen para ello.

Que los terrenos cumplan con la normativa urbanística vigente.

2. Procedimiento de adjudicación

La adjudicación del contrato deberá llevarse a cabo de conformidad

a los procedimientos establecidos en el Real Decreto Legislativo

3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de

la ley de Contratos del Sector Público, debiendo remitir a esta Diputación

el contrato suscrito.

No se exige la clasificación al contratista por el importe de la

obra.



No le es aplicable la Revisión de Precios por el plazo de ejecución

3. Plan de Seguridad y Salud.

El Plan de Seguridad y Salud, en los supuestos previstos por el

Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, deberá ser remitido por ese

Ayuntamiento al Servicio Administrativo correspondiente de la Diputación

para su informe por el Coordinador en materia de Seguridad y

Salud o por el Director de la Obra, a efectos de su posterior aprobación

por esa Corporación, debiendo remitir a esta Diputación certificado

de dicho acuerdo.

4. Inicio de las obras

Las obras comenzarán con el Acta de Comprobación de Replanteo.

5. Gastos a cargo del Ayuntamiento

Serán de cuenta del Ayuntamiento, al que se delega la ejecución de

las obras, los siguientes gastos:

Tributos estatales o autonómicos que se deriven de la delegación.

Colocación de los carteles indicadores de los trabajos que se

realicen, con arreglo al modelo que facilitará la Diputación Provincial.

Honorarios de redacción y dirección de las obras.

Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra, que deberán

realizarse obligatoriamente a través del Departamento de

Control de Calidad de esta Diputación Provincial, en los

siguientes términos:

Para aquellos materiales, elementos o unidades de obra sujetos a

normas o instrucciones de obligado cumplimiento promulgadas por las

disposiciones legales vigentes, que versen sobre condiciones y homologaciones

que han de reunir los mismos, los costes de ejecución de

los ensayos, análisis, pruebas o controles preceptivos para verificar

tales condiciones, se considerarán incluidos en los precios recogidos

en el proyecto y de acuerdo con el presupuesto desglosado, en su caso,

a tales efectos en el programa de control de calidad que figure en el

proyecto aprobado, o en su defecto, en el pliego de condiciones técnicas

del proyecto.

Para aquellos otros controles y análisis que no vengan impuestos

por norma alguna, la Dirección Facultativa podrá ordenar que se verifiquen

los que, en cada caso, resulten pertinentes, siendo los gastos

que se originen de cuenta del contratista, hasta un límite máximo del

uno por ciento del presupuesto de ejecución material, siendo el exceso

de gastos que se produzcan asumido por la Diputación Provincial de

Málaga.

Los gastos de ensayos destinados a información, verificación o

comprobación de unidades de obra mal ejecutadas, serán abonados por

el contratista en su totalidad, sea cual sea su importe.

Para ello, el Ayuntamiento deberá trasladar esta cláusula al contratista

de la obra.

6. Pago de certificaciones

El importe del proyecto adjudicado será abonado por la Diputación

a la referida Corporación Municipal mediante aprobación de las

oportunas certificaciones de obra expedidas por la dirección técnica.

Cualquier incremento que se produzca como consecuencia de

modificaciones durante la ejecución de la obra o en concepto de liquidación

de las mismas una vez recibidas, serán a cargo del

Ayuntamiento al que se cede la misma, así como cualquier incremento

impositivo que repercuta sobre dicha obra.

7. Potestades de la Diputación Provincial de Málaga

La Diputación Provincial se reserva la facultad de fiscalizar e inspeccionar

en cualquier momento la marcha de las obras y formular los

requerimientos necesarios para la subsanación de deficiencias observadas.

Asimismo se reserva, en todo caso, la realización del control de

calidad a través del Departamento de Control de Calidad, adscrito al

Área de Fomento y Atención al Municipio, según el programa incluido

en el proyecto aprobado, o en su defecto, en el Pliego de Condiciones

Técnicas del Proyecto, así como de las instrucciones emitidas por

la dirección de las obras.

8. Recepción de la obra

Dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización

del objeto del contrato, se efectuará la recepción de las obras a

los efectos establecidos en los artículos 222 y 235 del Real Decreto

Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el

artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas.

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