Edicto 8420/2012, de procedencia DIPUTACION (Málaga), publicado en el Boletín nº 126 del 02 de julio de 2012:
Relación de los extractos de los acuerdos de la Junta de Gobierno
de esta Diputación Provincial de Málaga, en los que se recogen la
parte dispositiva comprensiva de los mismos, y que fueron aprobados
por unanimidad, en la reunión ordinaria celebrada el 19 de junio de
2012, a la vista de los informes emitidos (en los asuntos que figuran
en el orden del día), por los funcionarios responsables de las Unidades
Administrativas, que han tramitado los necesarios expedientes.
A esta reunión, presidida, por don Elias Bendodo Benasayag (Presidente),
asistieron los siguientes diputados/as: Doña María Francisca
Caracuel García (Vicepresidenta 1.ª), doña Ana Carmen Mata Rico
(Vicepresidenta 3.ª), don Francisco Javier Oblaré Torres (Vicepresidente
4.º), don Carlos Conde O’Donnell, don Francisco Salado Escaño,
don Jesús Fortes Ruiz, doña Marina Bravo Casero, doña Leonor
García-Agua Juli, y doña Emilia Ana Jiménez Cueto.
Actuó de Secretario, el Secretario General acctal., don Rafael L.
Tamayo Bonilla, y asistió el Interventor don Francisco Javier Pérez
Molero.
Preliminar: Aprobar el acta correspondiente a la sesión celebrada
por la Junta de Gobierno el 29 de mayo de 2012 (acta núm. 16/2012)
1. DELEGACIÓN DE FOMENTO Y ATENCIÓN AL MUNICIPIO
Punto núm. 1.1. Junta Gobierno 19 junio 2012. Delegación de
Fomento y Atención al Municipio. Planes y Programas: Aprobación
del Proyecto de “Infraestructura y pavimento en vías públicas” en
Cártama (PP 35/2011), y delegación de la facultad de contratar la
obra a dicho Ayuntamiento, para su ejecución por Contrata. (AD
920120002297).
a) Aprobar proyecto de la obra “Infraestructura y Pavimento en
Vías Públicas” en Cártama (PP-35/11), por su importe total de
127.760,37 € y las condiciones de la delegación para su ejecución
mediante contrata.
El cuadro de financiación sería el siguiente:
Organismos Euros %
Diputación Provincial 102.208,30 80,00
Ayuntamiento 25.552,07 20,00
TOTAL 127.760,37 100,00
Forma de ejecución Delegación al Ayuntamiento para ejecutar mediante contrata
Plazo de ejecución 10 semanas
Dirección técnica Técnico Ajeno
Partida presupuestaria 2291/169D0/7620318 (2011.9.169D0.1) Pendiente I.R.
b) Aprobar las condiciones que debe cumplir el Ayuntamiento para
la ejecución de la obra mediante contrata:
1. Responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento
Disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las
obras y de cuantas autorizaciones, concesiones administrativas,
o de cualquier otra índole, se precisen para ello.
Que los terrenos cumplan con la normativa urbanística vigente.
2. Procedimiento de adjudicación
La adjudicación del contrato deberá llevarse a cabo de conformidad
a los procedimientos establecidos en el Real Decreto Legislativo
3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de
la ley de Contratos del Sector Público, debiendo remitir a esta Diputación
el contrato suscrito.
No se exige la clasificación al contratista por el importe de la
obra.
No le es aplicable la Revisión de Precios por el plazo de ejecución
3. Plan de Seguridad y Salud.
El Plan de Seguridad y Salud, en los supuestos previstos por el
Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, deberá ser remitido por ese
Ayuntamiento al Servicio Administrativo correspondiente de la Diputación
para su informe por el Coordinador en materia de Seguridad y
Salud o por el Director de la Obra, a efectos de su posterior aprobación
por esa Corporación, debiendo remitir a esta Diputación certificado
de dicho acuerdo.
4. Inicio de las obras
Las obras comenzarán con el Acta de Comprobación de Replanteo.
5. Gastos a cargo del Ayuntamiento
Serán de cuenta del Ayuntamiento, al que se delega la ejecución de
las obras, los siguientes gastos:
Tributos estatales o autonómicos que se deriven de la delegación.
Colocación de los carteles indicadores de los trabajos que se
realicen, con arreglo al modelo que facilitará la Diputación Provincial.
Honorarios de redacción y dirección de las obras.
Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra, que deberán
realizarse obligatoriamente a través del Departamento de
Control de Calidad de esta Diputación Provincial, en los
siguientes términos:
Para aquellos materiales, elementos o unidades de obra sujetos a
normas o instrucciones de obligado cumplimiento promulgadas por las
disposiciones legales vigentes, que versen sobre condiciones y homologaciones
que han de reunir los mismos, los costes de ejecución de
los ensayos, análisis, pruebas o controles preceptivos para verificar
tales condiciones, se considerarán incluidos en los precios recogidos
en el proyecto y de acuerdo con el presupuesto desglosado, en su caso,
a tales efectos en el programa de control de calidad que figure en el
proyecto aprobado, o en su defecto, en el pliego de condiciones técnicas
del proyecto.
Para aquellos otros controles y análisis que no vengan impuestos
por norma alguna, la Dirección Facultativa podrá ordenar que se verifiquen
los que, en cada caso, resulten pertinentes, siendo los gastos
que se originen de cuenta del contratista, hasta un límite máximo del
uno por ciento del presupuesto de ejecución material, siendo el exceso
de gastos que se produzcan asumido por la Diputación Provincial de
Málaga.
Los gastos de ensayos destinados a información, verificación o
comprobación de unidades de obra mal ejecutadas, serán abonados por
el contratista en su totalidad, sea cual sea su importe.
Para ello, el Ayuntamiento deberá trasladar esta cláusula al contratista
de la obra.
6. Pago de certificaciones
El importe del proyecto adjudicado será abonado por la Diputación
a la referida Corporación Municipal mediante aprobación de las
oportunas certificaciones de obra expedidas por la dirección técnica.
Cualquier incremento que se produzca como consecuencia de
modificaciones durante la ejecución de la obra o en concepto de liquidación
de las mismas una vez recibidas, serán a cargo del
Ayuntamiento al que se cede la misma, así como cualquier incremento
impositivo que repercuta sobre dicha obra.
7. Potestades de la Diputación Provincial de Málaga
La Diputación Provincial se reserva la facultad de fiscalizar e inspeccionar
en cualquier momento la marcha de las obras y formular los
requerimientos necesarios para la subsanación de deficiencias observadas.
Asimismo se reserva, en todo caso, la realización del control de
calidad a través del Departamento de Control de Calidad, adscrito al
Área de Fomento y Atención al Municipio, según el programa incluido
en el proyecto aprobado, o en su defecto, en el Pliego de Condiciones
Técnicas del Proyecto, así como de las instrucciones emitidas por
la dirección de las obras.
8. Recepción de la obra
Dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización
del objeto del contrato, se efectuará la recepción de las obras a
los efectos establecidos en los artículos 222 y 235 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el
artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
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