Edicto 17063/2011, de procedencia AYUNTAMIENTO (Cártama), publicado en el Boletín nº 15 del 24 de enero de 2012:
Cártama
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Mediante acuerdo plenario en sesión extraordinaria celebrada el
día 22 de diciembre de 2011, se ha procedido a una nueva aprobación
provisional del texto Refundido de la “Innovación del documento de
PGOU Adaptación Parcial a la LOUA de la Revisión de las NNSS de
Cártama, para la creación de suelo urbanizable ordenado, sector
“Fahala”, en Cártama, redactado en diciembre 2011, quedando la parte
resolutoria con el siguiente tenor literal:
“(...)
Primero. Nueva aprobación provisional del texto Refundido de la
“Innovación del documento de PGOU Adaptación Parcial a la LOUA
de la Revisión de las NNSS de Cártama, para la creación de suelo
urbanizable ordenado, sector “Fahala”, en Cártama, redactado en
diciembre 2011 como consecuencia de los informes emitidos por la
Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda
y las diferentes administraciones afectadas.
Segundo. Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, para su conocimiento y efectos, significando que el presente
acto es de trámite, por lo que no cabe recurso administrativo alguno
contra el mismo, en los términos del artículo 107.1 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, teniendo en cuenta que las modificaciones introducidas
alo documento no tienen el carácter de sustancial, según informes
transcritos.
Tercero. Remitir el expediente debidamente diligenciado a la
Dirección General de Energía Eléctrica del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio, respecto la cumplimiento de la Ley 54/97, de 27
de noviembre y del artículo 15.3.C) del Texto Refundido de la Ley del
Suelo, a la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio
de Industria, Turismo y Comercio, respecto al informe previsto en el
artículo 26.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
y a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
respecto al uso comercial, para que en el plazo de un mes a la vista del
documento y de su informe emitido previamente, ratifique su informe,
si lo considera conveniente a la vista de las modificaciones introducidas,
para que una vez obtenido este o transcurrido el plazo, se remita
el expediente completo a la a la Consejería de Vivienda y Ordenación
del Territorio, para la aprobación definitiva, conforme artículo
31.2.B.a) de la LOUA”.
Cuarto. Reiterar la suspensión de licencias del acuerdo de aprobación
inicial de la innovación de las NNSS implica la suspensión del
otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias en los terrenos
afectados por la presente innovación de las NNSS, en lo que contravenga
la modificación que se propone, todo ello en los términos del
artículo 27 de la LOUA.
Quinto. Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Disciplina
Urbanística de este Ayuntamiento”.
Lo que se hace público para general conocimiento, hallándose de
manifiesto el expediente en el Departamento de Urbanismo del
Ayuntamiento de Cártama, significando que el presente acto es de trámite,
por lo que no cabe recurso administrativo alguno contra el
mismo, en los términos del artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, teniendo en cuenta que las modificaciones introducidas al
documento no tienen el carácter de sustancial, según informes transcritos.
Cártama, 23 de diciembre de 2011.
El Alcalde, firmado: Jorge Gallardo Gandulla.
17063/11
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