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jueves, 19 de abril de 2012

CONVOCATORIA DE PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO EN AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA.-

Edicto 4804/2012, de procedencia AYUNTAMIENTO (Cártama), publicado en el Boletín nº 75 (Suplemento 1) del 19 de abril de 2012: ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Cártama Anuncio Mediante Resolución del Sr. Teniente de Alcalde, Delegado de Régimen Interior del Excmo. Ayuntamiento de Cártama, Decreto número 36/2012 OCR, de 23 de marzo de 2012, se ha aprobado la convocatoria y las siguientes bases: “EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA Bases para la provisión de diversas plazas de personal laboral fijo vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Cártama, en el marco del proceso de consolidación de empleo correspondiente a la oferta de empleo público 2004, 2005 y 2010.

A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los preceptos vigentes de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria, junto con los anexos que se acompañan, y supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo. Asimismo, este proceso se lleva a cabo de acuerdo con la disposición transitoria 4.ª de la Ley 7/2007, de 12 de abril, citada, que posibilita la realización de convocatorias de procesos selectivos para la consolidación de empleo.

I. Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por sistema de concurso con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, en el marco del Proceso de Consolidación de Empleo, de varias plazas de personal laboral fijo, existentes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento de Cártama, con las retribuciones establecidas en la normativa legal vigente y correspondientes a la Oferta Pública de Empleo de 2004, 2005 y 2010, que se indican a continuación:



NÚMERO DE DENOMINACIÓN DEL PUESTO SUBGRUPO PLAZAS SUBGRUPO DELINEANTE
C/C1 1 C1 OFICIAL ELECTRICISTA
 D/C2 2 C2 ENCARGADO OBRAS
 D/C2 1 C2 OFICIAL MANTENIMIENTO
D/C2 2 C2 PEÓN E/AGRUPACIONES PROFESIONALES LEY 7/2007 2 E OFICIAL FONTANERO
D/C2 1 C2 ALBAÑIL CEMENTERIO
D/C2 1 C2 AUXILIARES ADMINISTRATIVOS
D/C2 2 C2 CONDUCTOR
D/C2 1 C2

 Motivación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, “Los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán los de oposición, concurso-oposición, con las características establecidas en el apartado anterior, o concurso de valoración de méritos”. En este sentido y en lo relativo a las plazas incluidas en el anexo I de estas bases, se opta por el sistema de concurso de valoración de méritos, considerando:
 a) La operatividad de los puestos de trabajo en que se encuadran las plazas ofertadas, exigen su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquirida, al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios municipales, así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de la normal actividad de las mismas, lo que afectaría globalmente al funcionamiento de este Ayuntamiento.
b) Contribuir, en la medida de lo posible, a la consolidación del empleo temporal o interino, por un empleo estable, todo ello al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria 4.ª de la Ley 7/2007, de 12 de abril, citada, que posibilita la realización de convocatorias de procesos selectivos para la sustitución de empleo interino o consolidación de empleo temporal. En efecto, en la Oferta de Empleo Público para los años 2004, 2005 y 2010 se han incluido plazas ocupadas por personal laboral temporal de este Ayuntamiento de Cártama, que van a ser objeto de un proceso de consolidación de empleo temporal, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, a cuyo tenor “Consolidación de empleo temporal. 1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005. 2.

Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. 3. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria”.

II. Requisitos de los/as aspirantes Para tomar parte en el proceso selectivo los/as aspirantes habrán de reunir antes de que termine el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cuanto al acceso público de nacionales de otros Estados. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado de forma absoluta para el ejercicio de funciones públicas o de forma especial para obtener el empleo público objeto de la convocatoria u otro análogo. e) No padecer enfermedad, impedimento físico o sensorial que impida el desempeño de la función pública. f) No estar incurso en causa de incapacidad específica de las establecidas en la normativa vigente de la Función Pública. g) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se estableciesen en los anexos correspondientes de esta convocatoria. Los requisitos establecidos en este apartado deberán reunirse el último día de plazo de presentación de instancias.

III.Solicitudes y documentación a presentar 3.1. Los/as aspirantes presentarán la solicitud en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cártama donde será registrada, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación será de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación. 3.3. Los derechos de examen quedan establecidos en 24,00 euros, conforme al artículo 7, epígrafe 2.7, de la Ordenanza Fiscal de Expedición de Documentos Administrativos, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento o remitida por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en los giros el nombre y apellidos del/la aspirante, así como el nombre de la plaza a la que aspira. 3.4. A la solicitud para participar en el proceso selectivo, habrá de adjuntarse: Fotocopia compulsada del DNI. Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen. Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso a la plaza, o, en su caso, certificación académica de equivalencia. Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que justifique los méritos a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en los anexos a las bases de la presente convocatoria. Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse certificación expedida por el órgano competente (además del informe de vida laboral). Para la justificación relativa a los méritos formativos, deberá aportarse fotocopia compulsada de los mismos, omitiendo aquellos otros que no sean objeto de valoración.

El tribunal podrá exigir los originales de la documentación para su cotejo y comprobación en cualquier momento.

IV. Admisión de aspirantes 4.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde, en el plazo máximo de 20 días, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, designando los miembros del Tribunal e indicando el lugar, fecha y hora de constitución del mismo para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes. Esta resolución señalará donde están expuestas al público las listas completas de los aspirantes admitidos y excluidos con la indicación de la causa de exclusión. 4.2. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Todos los anuncios posteriores sobre el proceso selectivo se realizarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Los aspirantes excluidos u omitidos disponen del plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincial de Málaga, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Si en dicho plazo no se subsanan las deficiencias serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. 4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, la lista definitiva en el caso de que se hubiesen presentado subsanaciones, quedando en caso contrario elevada a definitiva la aprobada provisionalmente y sin otra actuación administrativa.

V. Tribunal 5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros, todos con voz y voto, guardando su paridad ente mujeres y hombres: Presidente: Un/a empleado/a público/a designado/a por el Alcalde. Tres vocales designados/as por la Alcaldía. Secretario/a: El/la del Ayuntamiento, o persona en quien delegue. 5.2. El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que habrán de designarse simultáneamente con los titulares. 5.3. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos el Presidente y Secretario. 5.5. El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas sus dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en las Bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso selectivo, así como adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido orden de las mismas. 5.6. Las resoluciones de los tribunales vinculan a la administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto por el artículo 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

VI. Sistema de selección y calificación 6.1. El sistema de provisión de las plazas convocadas será por concurso. 6.2. La selección de los/as aspirantes, se realizará mediante concurso de méritos de acuerdo con el baremo especificado para cada plaza en el anexo I. En caso de empate, en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de meritos por el mismo orden que aparecen regulados en esta convocatoria según el anexo 1; de persistir la igualdad, se acudirá al tiempo de experiencia profesional valorado en cada uno de los apartados de esta base y por el orden en que se encuentran relacionados. De mantenerse el empate el tribunal podrá establecer un ejercicio para deshacer el empate.

VII. Calificación de los/as aspirantes y contratación Concluida la calificación de los/las aspirantes, el Tribunal Calificador hará pública, la relación de aprobados/as por orden de puntuación, no pudiendo proponer éste un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación que contravenga lo establecido. Propuesto/a el/la aspirante y previa a su contratación deberá aportar, en su caso, en la Unidad Administrativa de Personal el resto de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad exigidos en dicha convocatoria.

VIII. Impugnación La convocatoria, las bases y cuantos actos se deriven de estas y las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y formas establecidas por la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

IX. Normas de aplicación En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 8 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y demás normas de pertinente aplicación. AnexoI Denominación: Delineante. Número plazas: 1. Grupo: C1. Titulación exigida: Bachiller Superior o equivalente. BAREMACIÓN DEL CONCURSO 1. SERVICIOS PRESTADOS: a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Delineante, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Delineante de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN - Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Oficial Electricista. Número plazas: 2. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

BAREMACIÓN DEL CONCURSO

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Electricista, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Oficial Electricista de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos. De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Encargado de Obras. Número plazas: 1. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

BAREMACIÓN DEL CONCURSO

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Encargado de Obras, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Encargado de Obras de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN - Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Oficial Mantenimiento. Número plazas: 2. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

 1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Mantenimiento, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Oficial Mantenimiento de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

 2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Peón. Número plazas: 2. Grupo: E/Agrupaciones profesionales Ley 7/2007. Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

 BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Peón, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Peón de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Oficial Fontanero. Número plazas: 1. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

 BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Fontanero, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Oficial Fontanero de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Albañil Cementerio. Número plazas: 1. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

 BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en éste Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Albañil Cementerio, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Albañil Cementerio de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computaran servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. 2.

FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Auxiliar Administrativo Número plazas: 2. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en éste Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Auxiliar Administrativo, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Auxiliar Administrativo de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

 2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos. Denominación: Conductor Número plazas: 1. Grupo: C2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, y carnet de conducir clase “C”.

BAREMACIÓN DEL CONCURSO:

1. SERVICIOS PRESTADOS a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vinculo de carácter temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en este Ayuntamiento en plazas de Conductor, hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con el apartado anterior). c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en plazas de Conductor de cualquier Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los apartados anteriores). En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. FORMACIÓN Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos, encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma siguiente: Por la participación como asistente: Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos. De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos. De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos. De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto. De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.


 ANEXO II (MODELO DE INSTANCIA) SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAMA DATOS PERSONALES Nombre: Apellidos: D.N.I: Fecha de nacimiento: Domicilio: C.P. TLF:/móvil: CONVOCATORIA (señalar la opción en la que se encuentra incluida la plaza a la que se opta) Consolidación de empleo de personal laboral Consolidación de empleo de personal funcionario Concurso-oposición libre PLAZA A LA QUE SE OPTA: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO EN EL QUE SE PUBLICA LA CONVOCATORIA: BOE n.º de fecha El abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia. DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, reuniendo las condiciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a probar los datos que figuran en esta solicitud que le fueran requeridos y manifestando igualmente no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al empleo público, comprometiéndose a comunicar a la autoridad convocante cualquier cambio que se produzca en este sentido en su situación personal.

Lugar y fecha: Fdo. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Cártama le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tiene como finalidad la inclusión como opositor en la convocatoria para la provisión de plazas.

De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Cártama. C/ Rey Juan Carlos I, número 62 29570 Cártama.

SR. ALCALDE-PRESIDEN DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAMA REVERSO DE LA SOLICITUD DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: (Marcar los documentos que se adjuntan)

Fotocopia compulsada del DNI. Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen. Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso a la plaza, o, en su caso, certifica ción académica de equivalencia. Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que justifique los méritos a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en los anexos a las bases de la presente convocatoria. Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse certificación expedida por el órgano competente (además del informe de vida laboral). Para la justificación relativa a los méritos formativos, deberá aportarse fotocopia compulsada de los mismos, omitiendo aquellos otros que no sean objeto de valoración”. Cártama, 23 de marzo de 2012. El Teniente de Alcalde Delegado de Régimen Interior, (Decreto 005/2012-S, de 09/01/2012), firmado: José Escalona Idáñez. 4804/12

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