BUSCAR EN EL BLOG

viernes, 30 de diciembre de 2011

MODIFICACIÓN DE LAS TASAS URBANÍSTICAS DE CÁRTAMA.-

Edicto 17030/2011, de procedencia AYUNTAMIENTO (Cártama), publicado en el Boletín nº 247 (Suplemento 1) del 30 de diciembre de 2011:

Cártama

Edicto

Transcurrido el plazo de exposición al público de los acuerdos
provisionales de imposición de las nuevas tarifas, así como de modificación
del texto de la Ordenanza número 24 Reguladora de la Tasa por
Licencia Urbanística, no habiéndose presentado reclamaciones, dicho
acuerdo queda elevado a definitivo de conformidad con lo establecido
en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, publicándose el texto íntegro de las modificaciones de
acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4 de la norma citada.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso
administrativo a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de acuerdo con las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Las modificaciones son las siguientes:

Se modifica el artículo 24 que queda redactado del siguiente
modo:

“Artículo 6. Cuota tributaria

El 1% de la base imponible.
Se establece una cuantía mínima de 30 euros de cuota tributaria.
En caso de desistimiento formulado por el solicitante con anterioridad
a la concesión de la licencia, se liquidará el 0,75% de la base
imponible si la actividad municipal se hubiese iniciado”.
Se modifica el artículo 10 que queda redactado del siguiente
modo:

“Artículo 10. Bonificación

Se concede una bonificación del 100% de la tasa en aquellos casos
señalados en el artículo 8.2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que obtengan la
bonificación del 50% en la cuota del ICIO que hayan sido declaradas
de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias
sociales, culturales, histórico-artísticas o del fomento del empleo que
justifiquen tal declaración. Esta corresponderá al Pleno de la Corporación
y se acordará previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable
de la mayoría simple de sus miembros”.

Cártama, 27 de diciembre de 2011.

El Alcalde, firmado: Jorge Gallardo Gandulla.
17030/11

No hay comentarios:

Publicar un comentario

¡¡¡ATENCIÓN¡¡¡
Los comentarios serán moderados. No se publicará ningún comentario que insulte, calumnie o injurie y que no tenga relación con el artículo.