BUSCAR EN EL BLOG

jueves, 7 de junio de 2012

CONVOCADA POR CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE GRADO MEDIO DE GESTIÓN PÚBLICA EN EL AYUNTAMIENTO DE ALOZAINA.-


Edicto 6977/2012, de procedencia AYUNTAMIENTO (Alozaina), publicado en el Boletín nº 109 del 07 de junio de 2012:

Alozaina
Edicto

ANUNCIO DE 21 DE MAYO DE 2012, DEL AYUNTAMIENTO DE ALOZAINA, DE
BASES PARA LA SELECCIÓN DE PLAZA DE TÉCNICO DE GRADO MEDIO
DE GESTIÓN PÚBLICA.

Por Decreto 2012052101, de 21 de mayo, se ha aprobado convocatoria
y bases para la provisión en propiedad de una plaza de técnico
de grado medio de gestión pública vacante en la plantilla de personal
funcionario del Ayuntamiento de Alozaina, mediante el sistema de
concurso-oposición libre, perteneciente a la oferta de empleo público
de 2011. Así por la presente se hacen públicas las bases reguladoras
con el siguiente tenor literal:

1. Objeto de la convocatoria
Convocatoria y bases para la provisión en propiedad de una plaza
de técnico de grado medio de gestión pública vacante en la plantilla de
personal funcionario del Ayuntamiento de Alozaina mediante el sistema
de concurso-oposición libre, perteneciente a la oferta de empleo
público de 2011 publicada en el BOP número 19, de 30 de enero de
2012, e integradas en la escala de Administración General, Subescala
de Gestión, Grupo A, Subgrupo A2.

2. Legislación aplicable
Los procedimientos de selección e ingreso del personal al servicio
de la Administración vienen regulados por la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2
de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley
7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, de Reglas Básicas y Programas Mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios
de la Admón. Local; el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
de la Administración General de la Junta de Andalucía; el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local,
aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado; la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley
de Autonomía Local de Andalucía 5/2010, y demás disposiciones
legales que resulten de aplicación.

3. Para poder participar en las pruebas selectivas se deberán reunir
los siguientes requisitos.
3.1.a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados
miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y
los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de
la Ley 7/2007, de 12 de abril.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación
al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de
derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de
dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las
personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
3.1.b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de
la edad máxima de jubilación forzosa.
3.1.c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o
equivalente. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse
con la documentación que acredite su homologación por el
Ministerio competente en la materia.
3.1.d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas habituales del Cuerpo de Gestión Administrativa especialidad
Administración General.
3.1.e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario, y no poseer la condición de funcionario del
cuerpo y especialidad convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
Todos estos requisitos, que se acreditarán en el momento de presentación
de la solicitud y con la documentación relacionada deberán
mantenerse hasta el nombramiento como funcionario/a de carrera.
3.1.f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto
en la Ley 53/1984. de 26 de diciembre.
3.2. Haber abonado la correspondiente tasa tal como se establece
en la base 4.4 de esta convocatoria.



4. Solicitudes
4.1. FORMA
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán presentar
solicitud en el modelo normalizado, anexo II, que para tal fin el
Ayuntamiento de Alozaina facilitará gratuitamente en el Registro General
de esta Corporación, en la que realizarán una declaración expresa de
que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
A las solicitudes se acompañará los originales o fotocopia compulsada
de la siguiente documentación: justificante original de haber abonado
el derecho de examen que se indica en el punto 4.4, fotocopia
compulsada del documento nacional de identidad, fotocopia compulsada
del título académico, así como las certificaciones y documentos
justificativos de los méritos alegados por los/as interesados/as para su
valoración en la fase de concurso. No serán tenidos en cuenta aquellos
méritos no presentados ni justificados dentro del plazo de presentación
de solicitudes.
4.2. ÓRGANO AL QUE SE DIRIGEN
Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Alozaina.
4.3. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General
del Ayuntamiento, o en alguno de los lugares previstos en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 20
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio
de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.4. DERECHOS DE EXAMEN
Los derechos de examen serán de 130,00 euros.
El pago de la tasa se efectuará dentro del plazo de presentación de
solicitudes, mediante ingreso en la cuenta corriente del Ayuntamiento
de Alozaina, número 3058/0708/662732000014 de la entidad Cajamar.
A la solicitud de participación en la respectiva convocatoria, se deberá
adjuntar documento acreditativo del ingreso en la mencionada cuenta,
en el que deberá constar nombre y apellidos, plaza a la que opta,
importe y fecha del ingreso.

5. Admisión de aspirantes
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, tras el examen
de las mismas, la Alcaldía de la Corporación dictará resolución
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación de
las causas de exclusión. En dicha resolución que se publicará en el
tablón de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia,
se determinará el lugar, fecha y hora del primer ejercicio así
como la composición del tribunal. Se establece un plazo común de 10
días hábiles para poder subsanar los defectos de que adolezcan las
solicitudes, así como para presentar reclamaciones aquellos/as aspirantes
excluidos/as.
5.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas,
serán aceptadas o rechazadas aprobando el listado definitivo por Resolución
de Alcaldía, que se publicará solo en el tablón de anuncios de la
Corporación. En caso de no presentarse reclamaciones la lista provisional
se entenderá elevada a definitiva. la fecha de publicación del
listado definitivo será determinante de los plazos a efectos de posibles
impugnaciones y recursos contra la lista definitiva de admitidos/as.

6. Tribunales
6.1. El tribunal calificador estará integrado por:
PRESIDENTE/A
Un/a funcionario/a de carrera.
SECRETARIA
El de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.
VOCALES
Cuatro funcionarios/as de carrera.
6.2. El tribunal para la selección de personal funcionario, cuyos
miembros contarán con voz y voto a excepción del Secretario/a que
solo tendrá voz, será designado de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 7/07, de 12 de abril, y en lo que no se contradiga
con esta, con lo señalado en al artículo 4, apartados e) y f), del RD
896/91, de 7 de junio.
El nombramiento de los/as miembros del tribunal lo realizará la
Alcaldía, publicándose en la resolución que aprueba el listado provisional
de admitidos/as y excluidos/as que se publicará en el tablón de
anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia,
designándose igualmente los miembros suplentes en igual número y
con los mismos requisitos que, alternativamente con los/as titulares
respectivos, integrarán el tribunal de selección.
El tribunal de selección podrá incorporar cuantos/as especialistasasesores/as
consideren oportunos para el mejor desarrollo y celeridad
en la realización de las pruebas. Dichos asesores/as se limitarán al
ejercicio de sus especialidades técnicas y a las funciones que determine
el tribunal que solicite su asistencia, no teniendo en ningún caso
voto. Los miembros del tribunal percibirán una indemnización por
asistencia a dicho tribunal tal como se recoge en el artículo 20 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
La totalidad de los miembros del tribunal de selección deberá
poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida a
los/as aspirantes para el acceso de la plaza convocada.
La composición del tribunal tenderá a la paridad entre mujer y
hombre.
6.3. El tribunal de selección no podrá constituirse ni actuar sin la
presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o
suplentes, indistintamente, siendo imprescindible la presencia del Presidente/a
y el Secretario/a o persona que los sustituya.
6.4. Los/as miembros/as del tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo a la Alcaldía de la Corporación, cuando concurran en
ellos/as alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si se hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función
pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros del
tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo
anterior, en los términos establecidos en la referida ley.
6.5. El/La presidente/a del tribunal adoptará las medidas oportunas
para garantizar siempre que ello sea posible que los ejercicios escritos
sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten
y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden
de la convocatoria, no pudiendo proponer el nombramiento de un
número superior de aspirantes al de las vacantes convocadas, sin perjuicio
de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley
7/07.

7. Sistema selectivo
7.1. DETERMINACIÓN DEL SISTEMA SELECTIVO
El sistema selectivo para la provisión de la plaza objeto de la presente
convocatoria es el de concurso-oposición, y constará de dos
fases:
PRIMERA FASE: Oposición. Se celebrará con anterioridad a la fase
de concurso. Tendrá carácter eliminatorio. Su desarrollo se efectuará
de acuerdo con lo previsto en la base 7.1.2.
SEGUNDA FASE: Concurso. Se celebrará con posterioridad a la fase
de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en
cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Su desarrollo
tendrá lugar conforme a las normas contenidas en la base 7.1.1.
Una vez comenzado el proceso selectivo el tribunal hará públicos
los anuncios de las distintas fases y pruebas en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento, sin necesitad de publicarse en el Boletín Oficial de
la Provincia.
La puntuación máxima del proceso selectivo asciende a 100 puntos.
7.1.1. FASE DE CONCURSO
Consistirá en la asignación a los/las aspirantes de una puntuación
determinada de acuerdo con el baremo que se establece a continuación,
computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine
el plazo de presentación de instancias.
La puntuación máxima que podrá obtenerse en esta fase es de 20
puntos.
La experiencia profesional en la Administración, se justificará
aportando certificado del/la Secretario/a de la entidad local o responsable
de cualquier Administración Pública, con competencia en materia
de personal, donde constarán los siguientes datos: denominación
del puesto ocupado, con expresión del tiempo que lo haya ocupado e
informe de vida laboral.
Para acreditar la asistencia a cursos, jornadas, congresos, seminarios,
deberá aportarse certificación o fotocopia compulsada del diploma
expedido por la entidad organizadora del curso, en el que conste
denominación del curso y número de horas.
a) EXPERIENCIA PROFESIONAL
La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado
será de 15 puntos. Solo se tendrán en cuenta meses completos.
Se computarán los servicios prestados hasta el día en que finalice
el plazo de presentación de instancias. Por cada mes completo
de servicio prestado en la Administración Local, en plaza
de grupo A2 o similar: 0,35 puntos/mes, así como en puestos
de trabajo de cuerpos homólogos en cualquier Administración
Pública, incluido el personal laboral: 0,25 puntos/mes.
b) FORMACIÓN
La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado
será de 5 puntos, a valorar según lo siguiente: por asistencia a
cursos, seminarios, jornadas o congresos organizados por cualquier
Administración Pública u organismos de ella dependientes,
colegios profesionales en el marco de la formación continua
o debidamente homologados, con contenidos relacionados
con la plaza objeto de la convocatoria, se valoraran a razón de
0,01 puntos por hora de asistencia.
El tribunal calificador tendrá la facultad de resolver cualquier
duda que pueda surgir acerca de la experiencia, cursos, títulos y
demás aspectos del concurso.
7.1.2. FASE DE OPOSICIÓN
La puntuación máxima que podrá obtenerse en la fase de oposición
asciende a 80 puntos, y constará de dos ejercicios obligatorios y
la duración para los mismos será de 180 minutos según se detalla a
continuación:
PRIMER EJERCICIO. TEÓRICO: Consistirá en la realización por escrito
de un cuestionario de preguntas tipo test, con varias respuestas alternativas,
siendo sólo una de ellas la correcta. El número de preguntas
será 80. La puntuación máxima del ejercicio será de 40 puntos,
debiéndose obtener un mínimo de 20 puntos para entenderlo superado.
Cada acierto se valorará con 0,5 puntos y cada contestación errónea
se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada y
las preguntas no contestadas no tendrán penalización. Para cada participante,
su puntuación final será la correspondiente al número de
aciertos netos obtenidos en el ejercicio; A-(E/3), siendo A el número
de aciertos y E el número de errores.
SEGUNDO EJERCICIO. PRÁCTICO: Consistirá en la realización y resolución
de uno o varios supuestos prácticos relacionado con el temario,
cuyo contenido será determinado por el tribunal encargado de calificar
las pruebas. La puntuación máxima de esta prueba asciende a 40 puntos,
debiéndose obtener un mínimo de 20 puntos para entenderla superada.
En ambos ejercicios Las preguntas versarán sobre el programa de
materias recogido en el anexo I.

8. Normas genéricas sobre calificación de las pruebas
8.1. CONCURSO-OPOSICIÓN: En el sistema selectivo de concursooposición,
la puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá
acumular a los puntos obtenidos en las pruebas de la fase de oposición
a los efectos de aprobar esta última fase.
8.2. CALIFICACIÓN FINAL: Esta vendrá dada por la suma de los puntos
obtenidos en la fase de concurso y los obtenidos en cada uno de los
ejercicios de las distintas pruebas celebradas.
El tribunal de selección, tendrá la facultad de resolver cualquier
duda que pueda surgir en todo el proceso selectivo.

9. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas
9.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo los ejercicios de
las pruebas, será anunciado, mediante publicación en el tablón de
anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia.
9.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos/as, de las pruebas selectivas,
quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
y discrecionalmente apreciados por el tribunal, y en todo caso, la
exclusión tendrá lugar cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para
todos los aspirantes.
9.3. Iniciadas las pruebas selectivas, el tribunal podrá requerir, en
cualquier momento, a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
9.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegará a conocimiento
del tribunal que alguno/a de los/as aspirantes carece de los
requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará
a la Alcaldía, que deberá dar cuenta a los órganos competentes de la
inexactitud o falsedad en que hubiera podido incurrir el aspirante, a
los efectos procedentes.

10. Lista de aprobados/as, presentación de documentos y nombramiento
de funcionarios/as de carrera
10.1. Al finalizar cada prueba, el tribunal hará públicas, en el
tablón de anuncios de la Corporación, las listas con el resultado de la
misma.
10.2. Finalizada la calificación de todas las pruebas, el tribunal
hará pública la relación definitiva de aspirantes propuestos para cubrir
las vacantes convocadas, por orden de puntuación, en la que constarán
las calificaciones otorgadas en cada prueba, la valoración de méritos y
el resultado final.
Dicha relación, en forma de propuesta, será elevada a la Alcaldía
de la Corporación.
10.3. En el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente
a la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, de la relación
de aprobados, los/as aspirantes que figuren en las mismas debe rán presentar, en el Ayuntamiento de Alozaina, los documentos acreditativos
del cumplimiento de las condiciones que se exigen para tomar
parte en el proceso de selección, y que no hayan sido aportados previamente:
Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto
físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Declaración jurada de no hallarse incurso/a en cualquiera de las
circunstancias o situaciones previstas en el apartado 3.1.e.
Declaración jurada de no hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad.
10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
3.ª, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. En caso de que
alguno/a de los/as aspirantes que fuesen propuestos/as para ser nombrados/as
funcionarios/as, no cumpliesen alguno de los requisitos será,
en su lugar, propuesto el/la siguiente en puntuación que haya superado
el presente proceso selectivo.
10.5. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la
Alcaldía elevará a definitivas las propuestas de nombramiento elaboradas
en su día por el tribunal, y se procederá a la toma de posesión
del candidato en el plazo de un mes, contados a partir de la fecha de
notificación de la resolución de nombramiento.
10.6. El/la aspirante que no tomara posesión de su cargo en el
plazo señalado, sin causa justificada, se entenderá que renuncia a los
derechos derivados de la superación del proceso selectivo.

11. Normas finales
11.1. La presente convocatoria, con las correspondientes bases,
se publicará en el BOE, BOJA, BOP y tablón de anuncios de esta
Corporación, comenzando a contar los plazos, a efectos administrativos,
desde la fecha de la referida publicación en el BOE. La composición
del tribunal, la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as,
así como la determinación del lugar y fecha de celebración de la primera
prueba del presente proceso selectivo, se publicará en el tablón
de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la
Provincia.
11.2. Contra las presentes bases se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía,
según cual sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados
igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello
de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

ANEXO I

PROGRAMA. TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Proceso
constituyente. Características generales y estructura.
Valor normativo. La reforma constitucional. La defensa
jurídica de la Constitución.
Tema 2. Valores superiores y principios inspiradores de la Constitución.
Derechos y deberes fundamentales y las libertades
públicas en España. Garantías y restricciones.
Tema 3. El Estado Español en la Constitución. Estado de derecho.
Estado social. Estado democrático. Modelo económico
constitucional. La participación social en la actividad
del Estado, su inserción en los órganos de la Administración.
Tema 4. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales
del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo y sus
formas. La Casa Real: Estructura y funciones.
Tema 5. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y
Senado. Composición y funcionamiento. Órganos y funcionamiento
de las Cámaras. La función legislativa. La
función de control del Gobierno. El Tribunal de Cuentas
y el Defensor del Pueblo.
Tema 6. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones.
Designación, remoción y responsabilidades de sus
miembros y de su Presidente.
Tema 7. Principios constitucionales. La Administración General
del Estado: Órganos superiores y periféricos. La Administración
Institucional. La Administración Consultiva.
La Administración Corporativa.
Tema 8. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la
Justicia. La organización judicial. El Consejo General
del Poder Judicial: Organización y competencias.
Tema 9. El Tribunal Constitucional: Composición y funciones.
Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad.
El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.
Tema 10. La representación política en España: Los partidos políticos.
El sistema electoral español, organización del
sufragio y procedimiento electoral.
Tema 11. Organizaciones sindicales y empresariales en España:
Principios fundamentales, régimen jurídico y estructura
interna. Representación sindical y órganos de representación.
Tema 12. El Régimen local: significado y evolución histórica. La
Administración Local en la Constitución. La Carta
Europea de Autonomía Local. El principio de Autonomía
Local: Significado, contenido y límites.
Tema 13. El sistema de fuentes del Derecho Local. Regulación
básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas
en materia de régimen local. La incidencia de la
legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad
normativa de las entidades locales: Reglamentos y ordenanzas.
Procedimiento de elaboración. El Reglamento
Orgánico. Los bandos.
Tema 14. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal:
El problema de la planta municipal. Alteraciones
de términos municipales. Legislación básica y legislación
autonómica. La población municipal. El padrón de
habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los
extranjeros.
Tema 15. La organización municipal. Los municipios de régimen
común. Órganos necesarios: El Alcalde, tenientes
de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local.
Órganos complementarios: Comisiones Informativas y
otros órganos. Los municipios de gran población:
Especialidades de su régimen orgánico-funcional. Los
grupos políticos. La participación vecinal en la gestión
municipal. El concejo abierto. Otros regímenes
especiales.
Tema 16. Las competencias municipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios
mínimos obligatorios. La reserva de servicios.
Tema 17. La provincia como entidad local. Organización y competencias.
La cooperación municipal. Las relaciones
entre las comunidades autónomas y las diputaciones
provinciales. Regímenes especiales. Las islas: Los Consejos
y Cabildos Insulares. Otras entidades locales.
Legislación básica y legislación autonómica. Entidades
locales de ámbito inferior al municipio. Las comarcas.
Las mancomunidades de municipios. Las áreas metropolitanas.
Tema 18. El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e
incompatibilidad. Elección de los concejales y alcaldes.
Elección de eiputados provinciales y presidentes de
diputaciones provinciales. Elección de consejeros y presidentes
de Cabildos y Consejos Insulares. La moción
de censura en el ámbito local. El recurso contenciosoelectoral.
El estatuto de los miembros electivos de las
corporaciones locales.
Tema 19. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de
gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones,
notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro
de documentos.
Tema 20. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de
dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y
potestades de las entidades locales en relación con sus
bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes
vecinales en mano común.
Tema 21. Las Haciendas Locales en España: Principios constitucionales.
El régimen jurídico de las Haciendas Locales.
Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera
local. La coordinación de las Haciendas Estatal,
Autonómica y Local.
Tema 22. El Presupuesto General de las Entidades Locales: Concepto
y contenido. Especial referencia a las bases de
ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación
del presupuesto general. La prórroga presupuestaria.
Tema 23. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto
de gastos: delimitación, situación y niveles de
vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases,
concepto, financiación y tramitación.
Tema 24. La participación de municipios y provincias en los tributos
del Estado y de las Comunidades Autónomas. Criterios
de distribución y reglas de evolución. Regímenes
especiales. La cooperación económica del Estado y de
las comunidades autónomas a las inversiones de las
entidades locales. Los Fondos de la Unión Europea para
Entidades Locales.
Tema 25. El crédito local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza
jurídica de los contratos: Tramitación. Las operaciones
de crédito a largo plazo. Finalidad y duración.
Competencia. Límites y requisitos para la concertación
de operaciones de crédito a largo plazo. La concesión de
avales por las entidades locales.
Tema 26. La imposición y ordenación de tributos y el establecimiento
de recursos no tributarios.
Tema 27. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
Tema 28. Los impuestos locales.
Tema 29. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes
histórico-culturales. Naturaleza y construcción del estado
autonómico. El estatuto de autonomía como norma
institucional básica de la comunidad autónoma. Proceso
de elaboración y fundamento.
Tema 30. El estatuto de autonomía para Andalucía: Estructura y
contenido. Derechos y deberes. Principios rectores de
las políticas públicas. Garantías. Competencias de la
comunidad autónoma. Relaciones institucionales de la
Comunidad Autónoma de Andalucía. Reforma del estatuto.
Tema 31. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma
de Andalucía I. El sistema electoral de Andalucía. El
Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de
Andalucía. Los Vicepresidentes. El Consejo de Gobierno:
Composición, carácter, funciones y funcionamiento.
Las comisiones delegadas y la comisión general de
viceconsejeros y viceconsejeras.
Tema 32. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma
de Andalucía II. La función legislativa. El control parlamentario
y el impulso de la acción del Gobierno. La
disolución del Parlamento.
Tema 33. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma
de Andalucía III. La Administración de Justicia en la
Comunidad Autónoma de Andalucía: El Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo
Andaluz. La Cámara de Cuentas de Andalucía. El Consejo
Consultivo de Andalucía: Naturaleza, composición
y funciones. Otros órganos estatutarios.
Tema 34. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificativos.
La integración de España. Las instituciones
comunitarias.
Tema 35. El derecho comunitario. Tipología de fuentes. Aplicación
y eficacia del derecho comunitario en los países
miembros. El presupuesto de la Unión Europea y sus
fuentes de financiación.
Tema 36. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las
principales políticas comunes, con especial referencia a
la política regional comunitaria: Los fondos estructurales
y sus objetivos prioritarios.
Tema 37. La Administración Pública: Concepto, caracteres. Pluralidad
de administraciones públicas. La Administración y
el Derecho: El principio de legalidad. Las potestades
administrativas. La actividad discrecional de la Administración.
Tema 38. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido.
Sometimiento de la Administración Pública al Derecho
privado. Diferencias entre el Derecho Administrativo
anglosajón y el continental.
Tema 39. Fuentes del Derecho Administrativo. Jerarquía normativa.
Principios constitucionales rectores de la organización
y actuación de las Administraciones Públicas.
Fuentes subsidiarias e indirectas del derecho administrativo.
Tema 40. La Ley estatal. Leyes orgánicas y ordinarias. La Ley
autonómica: Sus límites. Relación entre la Ley Autonómica
y la Estatal. Supuestos de competencia compartida.
Legislación autonómica y leyes de armonización.
Supletoriedad del derecho estatal. Las disposiciones del
poder ejecutivo con fuerza de ley.
Tema 41. El Reglamento Administrativo. La potestad reglamentaria:
Fundamento y límites. La inderogabilidad singular
de los reglamentos. Los actos administrativos generales
y las instrucciones, circulares y órdenes de servicios. El
procedimiento para la elaboración de disposiciones de
carácter general.
Tema 42. Los órganos administrativos: concepto y clases de órganos.
La competencia: Clases y criterios de delimitación.
La descentralización, la desconcentración, la delegación,
la encomienda de gestión y otras figuras de alteración
de la competencia.
Tema 43. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El
silencio administrativo: Su regulación en la Administración
de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La eficacia
de los actos administrativos: La notificación y la
publicación. La invalidez de los actos administrativos.
Tema 44. El procedimiento administrativo. El procedimiento
administrativo común. Los principios generales. Abstención
y recusación. Los interesados. Derechos de los
ciudadanos en el procedimiento. Las fases del procedimiento.
Tema 45. Los procedimientos especiales. La potestad sancionadora
y del procedimiento sancionador. Reclamaciones
previas al ejercicio de acciones en vía judicial: Su
naturaleza y regulación. Las reclamaciones económicoadministrativas.
Tema 46. Los recursos administrativos. Actos que ponen fin a la
vía administrativa. La resolución de los recursos: La
«reformatio in peius».
Tema 47. Concepto de Administración Pública a efectos del
recurso contencioso-administrativo. Los órganos del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Reglas determinantes de sus respectivas competencias;
la distribución de competencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía. El procedimiento contenciosoadministrativo.
Tema 48. Los contratos del sector público: delimitación. Los principios
generales de la contratación del sector público:
Racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo,
perfección y forma, la información, el régimen de la
invalidez y la revisión de decisiones en materia de contratación.
Tema 49. Las partes en los contratos del sector público. El órgano
de contratación. El empresario: Capacidad, prohibiciones,
solvencia y clasificación.
Tema 50. La preparación de contratos por las administraciones
públicas. Clases de expedientes de contratación. La
selección del contratista: Procedimientos, formas y criterios
de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y
formalización del contrato. La invalidez de los contratos.
Racionalización técnica de la contratación. Acuerdos
marco. Sistemas dinámicos de contratación. Centrales
de contratación.
Tema 51. El servicio público. Las diferentes formas de gestión de
los servicios públicos. Las concesiones. Su régimen
jurídico de las concesiones: Modificación, novación,
transmisión y extinción de las concesiones.
Tema 52. La responsabilidad patrimonial de la Administración. El
procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y
del personal. Responsabilidad de la Administración por
actos de sus concesionarios y contratistas.
Tema 53. La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El
procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento
de urgencia. Procedimientos especiales de
expropiación. La reversión de los bienes objeto de la
expropiación.
Tema 54. La Policía del Orden y la Seguridad Ciudadana. Competencias
de la Comunidad Autónoma. Protección civil y
emergencias. Las Policías Locales. Su coordinación. La
actividad de limitación. Modalidades de intervención.
La autorización administrativa.
Tema 55. El Derecho del Trabajo: Naturaleza y caracteres. Fuentes
del ordenamiento laboral. El Estatuto de los Trabajadores.
Los convenios colectivos.
Tema 56. El sistema español de Seguridad Social. Campo de aplicación
y estructura del sistema de la Seguridad Social.
La gestión de la Seguridad Social.
Tema 57. Los actos de encuadramiento. La cotización: Bases y
tipos. La recaudación de cuotas.
Tema 58. La acción protectora del Régimen General de la Seguridad
Social. Contingencias que se protegen y régimen
general de las prestaciones. la incapacidad temporal.
Tema 59. La incapacidad permanente
Tema 60. Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y
riesgo durante la lactancia natural.
Tema 61. Jubilación. Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares.
Tema 62. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso
al Empleo Público. Reglas básicas y programas mínimos
al que debe ajustarse el procedimiento de selección
de los funcionarios de la administración local.
Tema 63. La gestión de los recursos humanos. Instrumentos de la
planificación de recursos humanos.
Tema 64. El Personal al servicio de las Entidades Locales: concepto
y clases.
Tema 65. Derechos y deberes de los empleados públicos. Derecho
a la carrera profesional y a la promoción interna.
Tema 66. Jornada de trabajo. Vacaciones. Permisos de los empleados
públicos.
Tema 67. Régimen de retribuciones de los empleados públicos.
Retribuciones básicas y complementarias.
Tema 68. Situaciones administrativas. Servicio activo. Servicios
especiales. Servicio en otras Administraciones Públicas.
Excedencias. Suspensión de funciones.
Tema 69. Régimen disciplinario. Faltas. Responsabilidad disciplinaria.
Sanciones.
Tema 70. Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones
públicas.
Tema 71. El personal laboral. Singularidades del Derecho Laboral
en su aplicación al personal laboral al servicio de la
Administración Pública.
Tema 72. Agentes de Intermediación en el mercado de trabajo.
Los Servicios Públicos de Empleo. Las agencias de
colocación, definición y competencias. Las ETT’s, su
regulación y características. Las bolsas de trabajo, concepto,
funcionamiento y tipos. Los consultores de
selección de Recursos Humanos. Otros agentes: Las
bolsas de empleo en Internet. Características básicas y
ventajas.
Tema 73. La Economía Social: Sociedades cooperativas y sociedades
laborales. Iniciativas de Economía Social en
Andalucía: Requisitos, normativa reguladora.
Tema 74. La protección de datos personales: Principios, directrices
y procedimientos de seguridad, tratamiento de ficheros
y derechos de la persona. Normativa de referencia:
Ley Orgánica 15/99, de Protección de Datos de Carácter
Personal.
Tema 75. La comunicación de la contratación laboral a los Servicios
Públicos de Empleo: Sujetos que intervienen, procedimientos
y contenidos, obligaciones de los Servicios
Públicos de Empleo. Comunicación de la contratación
laboral a través de los medios telemáticos.
Tema 76. La calidad. Organismo nacional y autonómico competente
en la materia. Definición, normativa, tipos de certificación.
Tema 77. Conceptos generales: Género, discriminación, desigualdad,
acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación
por razón de sexo: Discriminación directa e indirecta,
discriminación salarial. Acoso por razón de sexo.
Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista.
Igualdad entre mujeres y hombres: Igualdad de derechos,
de trato y de oportunidades.
Tema 78. Normativa sobre igualdad. La igualdad de género en la
Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Normativa para la promoción de la igualdad de
género y para la prevención y protección integral contra
la violencia de género.
Tema 79. Transversalidad de género. Concepto de mainstreaming:
Enfoque integrado de género en las políticas
públicas. La unidad de igualdad y género: funciones.
Pertinencia e impacto de género en la normativa: Conceptos
y objetivos.
Tema 80. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia
hacia las mujeres. Prevención y protección integral.

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE GRADO
MEDIO DE GESTIÓN PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE ALOZAINA
Convocatoria: BOE núm. ………, de …./…../…..
Datos identificativos del/la opositor/a:
Primer apellido: ............................................................................
Segundo apellido: .........................................................................
Nombre: ........................................................................................
DNI: ....................... Fecha nacimiento: .......................................
Domicilio: ......................................................................................
Provincia: .................................................... CP: ..........................
Tfno./s. contacto: .........................................................................
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara
que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria publicada en
el BOE núm. ……. de ..../....................../.....
Se adjunta a la presente solicitud:
Fotocopia compulsada del DNI/NIE.
Fotocopia del título académico oficial (compulsada).
Fotocopia de las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los/as
interesados/as para su valoración en la fase de concurso (compulsados)
Documento bancario justificativo del pago de los derechos de examen (fotocopia compulsada).
En Alozaina, a ..... de .............. de 2012.
PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, el Ayuntamiento de Alozaina le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación
de este impreso/formulario y demás que se adjuntan van a ser incorporados, para su tratamiento, en un
fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad
proceder a la gestión y tramitación de la solicitud.
De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejecutar los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Alozaina. Pza. de la Constitución 3. 29567 Alozaina.
Alozaina, 21 de mayo de 2012.

El Alcalde, Antonio Pérez Rueda.
6977/12

No hay comentarios:

Publicar un comentario

¡¡¡ATENCIÓN¡¡¡
Los comentarios serán moderados. No se publicará ningún comentario que insulte, calumnie o injurie y que no tenga relación con el artículo.